Bioética descarta la objeción tecnológica al no ser obligatorio usar la IA
Los fundamentos éticos de la profesión médica se basan en la no maleficencia, es decir, evitar causar daño, la beneficencia, actuando para el bien del paciente, la autonomía y la justicia.
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Los fundamentos éticos de la profesión médica se basan en la no maleficencia, es decir, evitar causar daño, la beneficencia, actuando para el bien del paciente, la autonomía y la justicia. Estas cuatro patas sustentan el código ético de la Medicina, resolviendo los conflictos que van surgiendo conforme se ejerce. Uno de ellos puede ser la objeción de conciencia de los profesionales, entendido como el derecho individual de los profesionales de la salud a negarse a realizar un acto o procedimiento médico cuando este entra en conflicto grave con sus convicciones éticas, morales o religiosas, según recoge el Comité de Bioética de España (CBE).
Ante la irrupción de la Inteligencia Artificial (IA) en la sociedad, pero concretamente en consulta, José Antonio Trujillo, vicepresidente del Colegio de Médicos de Málaga, plantea en el Manual de Buenas Prácticas para la Inteligencia Artificial en Medicina impulsado por la Organización Médica Colegial (OMC), que debería existir una nueva modalidad de objeción de conciencia: “la tecnológica”. Alega que ha encontrado un vacío legal a nivel europeo a este respecto y que “cuando el médico tiene suficientes evidencias para no seguir los dictados de determinadas aplicaciones por sesgos o errores, él podría objetar científicamente y decir que no está dispuesto a seguirlos”.
En una columna posterior, publicada en este medio, Trujillo hace una aclaración al respecto. "Si utilicé esa expresión, no fue para sostener que exista ya una figura jurídica plenamente reconocida, sino para señalar un espacio de reflexión deontológica emergente". Se refiere a que no se trata de si el médico puede "rechazar en bloque una tecnología por el mero hecho de ser nueva, sino si debe reconocerse algún margen de protección profesional reforzada cuando una decisión automatizada, una recomendación algorítmica o una imposición institucional basada en IA entre en conflicto grave con el juicio clínico, la responsabilidad individual del médico o los derechos del paciente".
Sin embargo, Íñigo de Miguel, miembro del CBE y doctor europeo en Derecho y en Filosofía, se muestra contrario a esta tesis. “En principio no tiene cabida, porque la objeción de conciencia como figura sólo existe cuando hay un deber jurídico de hacer algo, y a día de hoy, no existe un deber de utilizar la IA, entonces se plantea algo que no existe”, argumenta el experto a Redacción Médica, incidiendo en que su posicionamiento es personal y que en ningún caso transmite el del Comité en su conjunto.
El caso de que la IA se estandarice en los hospitales
Aunque en el contexto actual, De Miguel se inclina por este posicionamiento, en el caso de que los hospitales comenzaran a estandarizar herramientas de IA en los procedimientos médicos, cabe plantearse otra visión. “Tendría que desarrollarse una normativa específica que obligara, primero, y en segundo lugar, otra que introdujera ese derecho a la objeción de conciencia”, estima el miembro del CBE. El doctor en Filosofía entiende la IA como una herramienta que puede ayudar al profesional a la hora de tomar decisiones o formar un criterio. “Otra cosa es que el profesional sanitario desconfíe profundamente del mismo, pero no necesita una objeción de conciencia, le bastaría con decir porque no cree que funciona bien”, refiere el miembro del CBE. Aclara que, en todo caso, el médico debería de ser capaz de explicar por qué no tiene sentido usar la herramienta digital en cuestión.
Aún así, contempla excepciones. “Uno tiene un principio de justicia para asignar los recursos públicos de manera óptima”, ejemplifica. Sobre esto, explica que con un sistema de IA se puede agilizar el proceso, pronosticando, por ejemplo, si un tratamiento con CAR-T, de elevado coste, realmente le va a ser útil a una persona o no. “Que el paciente se niegue a que se utilicen sus datos para esto se podría considerar que va en contra de un principio de justicia que te puede llevar a despilfarrar un recurso público”, comenta.
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Comentarios (2)
- L
Lucía R. · hace 2 h
Excelente análisis, me ha aclarado varias dudas que tenía. ¡Gracias!
- M
Marcos T. · hace 5 h
No estoy del todo de acuerdo con el segundo punto, pero muy bien argumentado.


